Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190109-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 5

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Arganda del Rey número 5. Procedimiento 562 de 2013, notificación a Cohe Arquitectos, S. L. y otros

EDICTO

Doña Amelia Serra Rubio, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Arganda del Rey.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 562 de 2013, instados por el procurador don Luis José García Barrenechea, en nombre y representación de don Álvaro Alonso Domínguez, don Jorge Fernández Domínguez, doña Inés Tragacete Pinar, don Eduardo Castellanos Olivares, doña Elisabeth Jiménez Castillo, doña Rosa María Fernández Cano y doña Verónica Brotons Maroto, contra “Cohe Arquitectos, Sociedad Limitada”, don Julio López-Mingo San Esteban, don Edmundo Hernando Morón y “Casabolardo, Sociedad Limitada”, en reclamación de 34.676,18 euros, en los que se ha dictado, en fecha 8 de marzo de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por el procurador señor García Barrenechea en nombre y representación de doña Verónica Brotons Maroto, doña Rosa María Fernández Cano, doña Elisabeth Jiménez Castillo, don Eduardo Castellanos Olivares, doña Inés Tragacete Pinar, don Jorge Fernández Domínguez y don Álvaro Alonso Domínguez, vecinos todos de la localidad de Loeches, avenida Clara Campoamor, número 13, contra “Casabolardo, Sociedad Limitada”, don Edmundo Hernando Morón, “Cohe Arquitectos, Sociedad Limitada” y don Julio López Mingo San Esteban, debiendo condenar y condeno a los demandados a ejecutar las obras necesarias a su cargo y costa para reparar/subsanar o corregir los defectos y carencias detallados en el informe pericial emitido por el arquitecto don Miguel Ángel Martínez Gil aparecidos en el edificio sito en Loeches, provincia de Madrid, avenida Clara Campoamor, número 13, tanto en zonas comunes como privativas, en la forma establecida en dicho informe siempre y cuando cumplan su fin, así como al pago de los gastos que genere la ejecución de dichas obras, las licencias, permisos municipales, contrataciones de luz y agua.

No realizándose dichas obras en el plazo de tres meses desde la notificación de la presente resolución, se condena a los demandados al pago solidario de la cantidad de 34.676,18 euros, cantidad en la que se tiene en cuantificadas las obras a realizar conforme al informe pericial anteriormente reseñado.

Cada parte deberá satisfacer las costas generadas a su instancia.

Líbrese testimonio de la presente sentencia para su inclusión en los autos, y archívese el original en el libro de sentencias de este Juzgado.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, siendo requisito indispensable para admitir a trámite el mismo que se acredite haber consignado en la entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado depósito por importe de 50 euros.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados “Cohe Arquitectos, Sociedad Limitada” y don Edmundo Hernando Morón, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este tribunal.

En Arganda del Rey, a 26 de noviembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/39.065/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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