Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190110-28

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

28
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno. Plan Parcial Área de Planeamiento Remitido

Acuerdo de la Junta de Gobierno sobre el Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 07.02-M “Metro Cuatro Caminos”. Distrito de Chamberí.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 13 de diciembre de 2018, adoptó el siguiente Acuerdo:

El Acuerdo tiene por objeto revocar el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 28 de junio de 2018, por el que se admitió a trámite y se aprobó inicialmente el Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 07.02-M “Metro Cuatro Caminos”, con delimitación de una unidad de ejecución, promovido por “Residencial Metropolitan, S. Coop. Mad.”.

El Plan Parcial trae causa de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid del Área de Planeamiento Remitido 07.02-M “Cocheras Metro Cuatro Caminos”, aprobado definitivamente el 26 de junio de 2014, por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Dicho Acuerdo fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 157, el 4 de julio de 2014. No obstante se ha constatado que no se publicaron las fichas urbanísticas, que en el presente caso, y según lo señalado en los artículos 3.2.11 y 3.2.12 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 son un documento con valor normativo. El 30 de noviembre de 2018 se publicaron en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 286 las fichas urbanísticas de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid del Área de Planeamiento Remitido 07.02 “Cocheras Metro Cuatro Caminos”.

La tramitación del Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 07.02-M “Metro Cuatro Caminos”, se ha realizado sin cobertura legal por falta de eficacia de la Modificación Puntual del Plan General, lo que impide proseguir la tramitación iniciada en dichas circunstancias, por lo que procede revocar el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 28 de junio de 2018, en virtud de lo establecido en el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y proceder al archivo del expediente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1.d) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la adopción del Acuerdo.

En su virtud, a propuesta del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 13 de diciembre de 2018:

ACUERDA

Primero.—Revocar, de conformidad con el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en sesión celebrada el 28 de junio de 2018, por el que se dispuso la admisión a trámite y aprobación inicial del Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 07.02-M “Metro Cuatro Caminos”, distrito de Chamberí, el sometimiento a información pública, la notificación a los propietarios afectados, la solicitud de informes y la suspensión de licencias en el ámbito del citado Plan Parcial y, dado que no procede continuar su tramitación, archivar el expediente.

Segundo.—Publicar el presente Acuerdo mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un periódico de los de mayor difusión y por medios telemáticos, en cumplimiento del artículo 45 del mismo texto legal.

Tercero.—Notificar el presente Acuerdo a los interesados y propietarios afectados y comunicarlo a quieres formularon alegaciones durante el período de información pública.

Lo que se publica para general conocimiento, significando que el presente Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los órganos de dicha jurisdicción, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación y todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro tipo de recurso que se estime procedente.

Madrid, a 19 de diciembre de 2018.—La secretaria de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, Rita Maestre Fernández.

(03/41.875/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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