Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2019

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190110-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA

RÉGIMEN ECONÓMICO

54
Robledo de Chavela. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Acuerdo del Pleno extraordinario del Ayuntamiento de Robledo de Chavela por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos número 8/2018 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo a nuevos y/o mayores ingresos.

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de diciembre de 2018, acordó por mayoría simple la aprobación inicial del expediente de suplemento de crédito financiado con cargo a nuevos y/o mayores ingresos.

Aprobado inicialmente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo a nuevos y/o mayores ingresos, por acuerdo del Pleno de fecha 20 de diciembre de 2018, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento wwwrobledodechavela.es

Si, transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Robledo de Chavela, a 21 de diciembre de 2018.—El alcalde-presidente, Fernando Casado Quijada.

(03/42.022/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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