Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190110-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5

95
Alcorcón número 5. Procedimiento 382 de 2017, notificación a Ainhoa Núñez Trelis y otros

EDICTO

Doña Martina Milano Navarro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcorcón.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal precario (250.1.2) número 382 de 2017, instados por don Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de “Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, Sociedad Anónima”, contra doña Ainhoa Núñez Trelis y don Ricardo Jiménez Dual, en los que se ha dictado, en fecha 11 de abril de 2018, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda de desahucio por precario formulada por la “Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, Sociedad Anónima” (SAREB), representada por el procurador señor Abajo Abril, frente a doña Ainhoa Núñez Trelis y don Ricardo Jiménez Dual, en situación de rebeldía procesal, respecto del piso sito en calle Praga, número 3, planta quinta, puerta A, de Alcorcón (Madrid), debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario del inmueble sito en calle Praga, número 3, escalera E, planta quinta, puerta A, de Alcorcón (Madrid).

Y por ello, debo condenar y condeno a los demandados e ignorados ocupantes de la vivienda indicada para que de forma inmediata procedan a dejar libre, vacua y expedita la mencionada vivienda a disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de lanzamiento de la demandada y de cuantas personas por ella autorizadas ocuparan la vivienda si no lo efectuaran en plazo indicado.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta número 2362-0000-03-0382-17 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Alcorcón, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2362-0000-03-0382-17.

Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la juez/magistrado/a-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados doña Ainhoa Núñez Trelis y don Ricardo Jiménez Dual, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este tribunal.

En Alcorcón, a 10 de diciembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/41.543/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190110-95