Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190111-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

102
Madrid número 15. Procedimiento 740 de 2018, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.

EDICTO

Doña María Dolores Marín Relanzón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 740 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Ansoar Quintana, frente a “I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L.”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Acuerdo aclarar la sentencia dictada en fecha 25 de octubre de 2018 y, en consecuencia, el fallo queda redactado en los siguientes términos:

«Estimando la demanda de extinción contractual a instancias del trabajador don Juan Carlos Ansoar Quintana, frente a “I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L.”, debo declarar extinguida la relación laboral que unía al actor con la empresa demandada con efectos desde el 30 de junio de 2018; condenando a la empresa demandada a abonarle una indemnización como si de despido improcedente se tratara por importe de 1.925,00 euros.

Estimando la reclamación de cantidad acumulada debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 10.750 euros por el período de 1 de abril de 2018 a 30 de junio de 2018, más el 10 por 100 de interés por mora.

Sin costas».

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la LRJS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L.”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procecimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 15 de noviembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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