Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2019

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190111-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HORCAJUELO DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Horcajuelo de la Sierra. Régimen económico. Presupuesto

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento de 9 de noviembre de 2018 el presupuesto del ejercicio económico 2019, la base de ejecución y plantilla de personal, y no habiéndose presentado alegaciones y reclamaciones durante el período de exposición al público, queda definitivamente aprobado por acuerdo de Pleno de 26 de diciembre de 2018. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 127 del texto refundido del Régimen Local, de 18 de abril de 1986, y 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Procediéndose a su publicación cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

Plantilla de personal:

a) Personal funcionario:

1. Con habilitación nacional: secretario-interventor, una plaza.

b) Personal laboral:

— Un auxiliar administrativo.

— Un administrativo.

— Un limpiadora a tiempo parcial.

— Un guía del museo a tiempo parcial.

— Un peón.

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 de la citada Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer directamente, entre el referenciado presupuesto general, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Horcajuelo de la Sierra, a 26 de diciembre de 2018.—La alcaldesa, Lucía Fernández Fernández.

(03/42.067/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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