Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190115-48

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

48
Madrid número 9. Ejecución 177 de 2018, notificación a Estructura y Ferralllas de Aranda, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DE EJECUCION NUM. 177/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. SILVERIO SÁNCHEZ CONEJERO frente a ESTRUCTURAS CARRASCOSA SL, ESTRUCTURA Y FERRALLAS DE ARANDA SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución con fecha 6 de noviembre de 2018 cuya parte dispositiva dice:

En atención a lo dispuesto, SE ACUERDA:

Despachar orden general de ejecución de SENTENCIA de fecha 14 DE FEBRERO DE 2018 a favor de la parte ejecutante, D. SILVERIO SÁNCHEZ CONEJERO, frente a la demandada, ESTRUCTURAS CARRASCOSA SL, POR LA CANTIDAD DE 8.844,67 EUROS DE PRINCIPAL MAS LA CANTIDAD DE 884 EUROS DE INTERESES Y 884,46 EUROS DE COSTAS QUE SE PRESUPUESTAS INICIALMENTE y frente a ESTRUCTURA Y FERRALLAS DE ARANDA SL, parte ejecutada, por un principal de 430,77 euros de principal, más 43 euros de intereses y 43 euros de costas que se calculan provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

No procede despachar ejecución contra la empresa condenada OHL SA, al haberse abonado el principal e intereses.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el art. 239.4 de la L.J.S., y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento (art. 101.c L.J.S.); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el BANCO SANTANDER 2507-0000-64-0177-18.

Asimismo con fecha 11 de Diciembre de 2018, se ha dictado resolución con la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en el Auto dictado de fecha 6 de Noviembre de 2018, consistente en la parte dispositiva en lugar de decir:

“Despachar orden general de ejecución de SENTENCIA de fecha 14 DE FEBRERO DE 2018 a favor de la parte ejecutante, D. SILVERIO SÁNCHEZ CONEJERO, frente a la demandada, ESTRUCTURAS CARRASCOSA SL, POR LA CANTIDAD DE 8.844,67 EUROS DE PRINCIPAL MAS LA CANTIDAD DE 884 EUROS DE INTERESES Y 884,46 EUROS DE COSTAS QUE SE PRESUPUESTAS INICIALMENTE y frente a ESTRUCTURA Y FERRALLAS DE ARANDA SL, parte ejecutada, por un principal de 430,77 euros de principal, más 43 euros de intereses y 43 euros de costas que se calculan provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.”

Debe decir:

“Despachar orden general de ejecución de SENTENCIA de fecha 14 DE FEBRERO DE 2018 a favor de la parte ejecutante, D. SILVERIO SÁNCHEZ CONEJERO, frente a la demandada, ESTRUCTURAS CARRASCOSA SL, POR LA CANTIDAD DE 430,77 EUROS DE PRINCIPAL MAS LA CANTIDAD DE 43 EUROS DE INTERESES y 43 EUROS DE COSTAS QUE SE PRESUPUESTAS INICIALMENTE y frente a ESTRUCTURA Y FERRALLAS DE ARANDA SL, parte ejecutada, por un principal de 8.844,67 euros de principal, más 884,46 euros de intereses y 884,46 euros de costas que se calculan provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.”

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESTRUCTURA Y FERRALLAS DE ARANDA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de la Provincial de Burgos.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de diciembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/41.280/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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