Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190115-56

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

56
Madrid número 12. Procedimiento 775 de 2018, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 775/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MAVEL YAMILKA JIMENEZ GARAY, D./Dña. NAIMA ABBOSHI SHRAIDEH, D./Dña. NADIA MENA LOPEZ, D./Dña. LUCIA GARRIDO SANCHEZ, D./Dña. SUSANA GIL MUÑOZ, D./Dña. ESTHER HUETE MARTINEZ, D./Dña. SARAI CEDIEL MARTINEZ, D./Dña. MARIA JOSEFA JIMENEZ SANCHEZ, D./Dña. JENNFER GONZALEZ SANCHEZ, D./Dña. ELENA MARIA GOMEZ GOMEZ, D./Dña. LAURA PONTE FERNANDEZ, D./Dña. JOSE ESTEBAN AHUMADA RODRIGUEZ, D./Dña. JOSEPH CESARES MARQUEZ, D./Dña. JESICA LOPEZ CORTIJO, D./Dña. AMANDA CARRASCO CELDRAN, D./Dña. EVA ROSADO PEREZ, D./Dña. CRISTINA MARIN ORGAZ, D./Dña. MARIA DEL CARMEN RUBIA DE LA TORRE, D./Dña. DIANA ROSA PEREZ HECHAVARRIA, D./Dña. SOFIA PALOMINO MEJIA y D./Dña. ADALBERTO RODRIGUEZ MARTIN frente a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta por D.ª Cristina Martín Orgaz y otros frente a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U., debo declarar y declaro improcedente el despido de los actores, condenando a la demandada a abonarles la indemnización de: a Dña. LUCIA GARRIDO SANCHEZ 3214,64 euros, a Dña. MAVEL YAMILKA JIMENEZ GARAY 16500,33 euros, a Dña. ELENA MARIA GOMEZ GOMEZ 2349,16 euros, a Dña. JESICA LOPEZ CORTIJO 4327,40 euros, a Dña. DIANA ROSA PEREZ HECHAVARRIA 2595,09 euros, a Dña. AMANDA CARRASCO CELDRAN 4574,68 euros, a Dña. NAIMA ABBOSHI SHRAIDEH 17875,36 euros, a Dña. MARIA JOSEFA JIMENEZ SANCHEZ 1534,17 euros, a Dña. SUSANA GIL MUÑOZ 2379,88 euros, a D. JOSEPH CESARES MARQUEZ 16500,33 euros, a Dña. JENNFER GONZALEZ SANCHEZ 1246,03 euros, a Dña. NADIA MENA LOPEZ 2266,95 euros, a Dña. CRISTINA MARIN ORGAZ 4698,32 euros, a Dña. SARAI CEDIEL MARTINEZ 4327,40 euros, a Dña. MARIA DEL CARMEN RUBIA DE LA TORRE 4361,09 euros, a Dña. SOFIA PALOMINO MEJIA 4485,69 euros, a Dña. LAURA PONTE FERNANDEZ 1619,83 euros, a D. ADALBERTO RODRIGUEZ MARTIN 7502 euros, a D. JOSE ESTEBAN AHUMADA RODRIGUEZ 1575,72 euros, a Dña. EVA ROSADO PEREZ 18792,04 euros y a Dña. ESTHER HUETE MARTINEZ 2349,16 euros, y declarando extinguida con la fecha de esta sentencia la relación de trabajo.

Asimismo debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar las siguientes cantidades: a Dña. LUCIA GARRIDO SANCHEZ 4722,02 euros, a Dña. MAVEL YAMILKA JIMENEZ GARAY 15459,70 euros, a Dña. ELENA MARIA GOMEZ GOMEZ 4722,02 euros, a Dña. JESICA LOPEZ CORTIJO 4722,02 euros, a Dña. DIANA ROSA PEREZ HECHAVARRIA 7375,46 euros, a Dña. AMANDA CARRASCO CELDRAN 4722,02 euros, a Dña. NAIMA ABBOSHI SHRAIDEH 15495,70 euros, a Dña. MARIA JOSEFA JIMENEZ SANCHEZ 3725,18 euros, a Dña. SUSANA GIL MUÑOZ 4303,02 euros, a D. JOSEPH CESARES MARQUEZ 15459,70 euros, a Dña. JENNFER GONZALEZ SANCHEZ 2926,18 euros, a Dña. NADIA MENA LOPEZ 4303,02 euros, a Dña. CRISTINA MARIN ORGAZ 4722,02 euros, a Dña. SARAI CEDIEL MARTINEZ 4722,02 euros, a Dña. MARIA DEL CARMEN RUBIA DE LA TORRE 4761,35 euros, a Dña. SOFIA PALOMINO MEJIA 4761,35 euros, a Dña. LAURA PONTE FERNANDEZ 3759,02 euros, a D. ADALBERTO RODRIGUEZ MARTIN 10874,33 euros, a D. JOSE ESTEBAN AHUMADA RODRIGUEZ 5173,92 euros, a Dña. EVA ROSADO PEREZ 15459,70 euros y a Dña. ESTHER HUETE MARTINEZ 4722,02 euros.

Asimismo la empresa deberá abonar a los actores los salarios devengados desde el despido hasta la extinción de la relación laboral, cuyo importe alcanza la cantidad de: a Dña. LUCIA GARRIDO SANCHEZ 5664,96 euros, a Dña. MAVEL YAMILKA JIMENEZ GARAY 17000,34 euros, a Dña. ELENA MARIA GOMEZ GOMEZ 4585,92 euros, a Dña. JESICA LOPEZ CORTIJO 3596,8 euros, a Dña. DIANA ROSA PEREZ HECHAVARRIA 5328,96 euros, a Dña. AMANDA CARRASCO CELDRAN 8497,44 euros, a Dña. NAIMA ABBOSHI SHRAIDEH 31167,29 euros, a Dña. MARIA JOSEFA JIMENEZ SANCHEZ 5532,31 euros, a Dña. SUSANA GIL MUÑOZ 7788,69 euros, a D. JOSEPH CESARES MARQUEZ 5000,1 euros, a Dña. JENNFER GONZALEZ SANCHEZ 5754,37 euros, a Dña. NADIA MENA LOPEZ 5480,93 euros, a Dña. CRISTINA MARIN ORGAZ 4765,76 euros, a Dña. SARAI CEDIEL MARTINEZ 3956,48 euros, a Dña. MARIA DEL CARMEN RUBIA DE LA TORRE 8563,59 euros, a Dña. SOFIA PALOMINO MEJIA 8563,59 euros, a Dña. LAURA PONTE FERNANDEZ 8563,59 euros, a D. ADALBERTO RODRIGUEZ MARTIN 6248 euros, a D. JOSE ESTEBAN AHUMADA RODRIGUEZ 6719,61 euros, a Dña. EVA ROSADO PEREZ 31500,63 euros y a Dña. ESTHER HUETE MARTINEZ 8497,44 euros.

Del abono de estas cantidades responderá subsidiariamente el FOGASA, dentro de los límites establecidos en el artículo 33 ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciendo saber que no es firme, y que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2510-0000-61-0775-18 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al procedimiento 2510-0000-61-0775-18.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

(firmada)

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/41.428/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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