Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2019

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190116-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

13
ORDEN 1458/2018, de 24 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se convocan los “Premios de Cultura de la Comunidad de Madrid” en las modalidades de Teatro, Danza, Música Clásica, Música Popular, Literatura, Artes Plásticas, Fotografía, Artes Cinematográficas y Audiovisuales, Patrimonio Histórico, Tauromaquia, Gastronomía y Moda, correspondientes al año 2018.

Mediante Decreto del Consejo de Gobierno 56/2012, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, se regulan los “Premios de Cultura de la Comunidad de Madrid” en las modalidades de Teatro, Danza, Música Clásica, Músicas Actuales, Literatura, Artes Plásticas, Fotografía, Artes Cinematográficas y Audiovisuales, Patrimonio Histórico, Tauromaquia, Gastronomía y Moda, por medio de los cuales se pretende distinguir la obra de personalidades cuya labor en las modalidades objeto de estos premios haya contribuido al enriquecimiento y desarrollo sociocultural de la Comunidad de Madrid.

En desarrollo de dicha norma,

DISPONGO

Primero

Objeto

Se convocan los “Premios de Cultura de la Comunidad de Madrid” en las modalidades de Teatro, Danza, Música Clásica, Música Popular, Literatura, Artes Plásticas, Fotografía, Artes Cinematográficas y Audiovisuales, Patrimonio Histórico, Tauromaquia, Gastronomía y Moda, correspondientes al año 2018.

Los “Premios de Cultura de la Comunidad de Madrid” tienen como objeto el reconocimiento de la trayectoria teatral, coreográfica, musical, literaria, plástica, fotográfica, cinematográfica y audiovisual, de actuaciones sobre el patrimonio histórico, la tauromaquia, la gastronomía y la moda de aquellas personas, entidades o equipos de trabajo que hayan contribuido al desarrollo sociocultural de la Comunidad de Madrid, así como los que hubieren destacado en estas artes durante dicho año.

Segundo

Dotación

Los premios, con una dotación de 18.000 euros cada uno de ellos, serán únicos e indivisibles en cada modalidad.

El importe total del gasto, que asciende a 216.000 euros, se contraerá con cargo a la partida 48399, del programa 334A, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid, correspondiente a la Dirección de Promoción Cultural.

Este gasto queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente al aprobarse el Presupuesto de la Comunidad de Madrid para el año 2019.

Tercero

Candidatos

Los candidatos serán propuestos por los Directores Generales competentes por razón de la materia y por el titular del órgano administrativo competente en materia de asuntos taurinos.

Cuarto

Concesión

La concesión de los premios se efectuará por un jurado, atendiendo a la finalidad prevista en el apartado primero.

La composición del Jurado será la siguiente:

Presidente: El titular de la Presidencia de la Comunidad de Madrid.

Vocales:

— El titular de la Consejería que ostente las competencias en materia de cultura.

— El titular de la Viceconsejería que ostente las competencias en materia de cultura.

— El titular de la Dirección General que ostente las competencias en materia de promoción cultural.

— El titular de la Dirección General que ostente las competencias en materia de patrimonio cultural.

— El titular de la Dirección General que ostente las competencias en materia de turismo.

— El titular del órgano administrativo competente en materia de asuntos taurinos.

— Doce Vocales de designación directa por el titular de la Consejería competente en materia de cultura, a propuesta de los titulares de las Direcciones Generales que ostenten las competencias en materia de promoción cultural, patrimonio cultural y de turismo, así como del órgano administrativo competente en materia de Asuntos Taurinos, de entre personalidades de la cultura y representantes de las Reales Academias o instituciones análogas.

Secretario: Como Secretario, actuará, con voz y voto, el titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería competente en materia de cultura.

Las reglas de funcionamiento de este órgano son las establecidas en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto

Resolución

De conformidad con el fallo emitido por el Jurado, los premios se adjudicarán mediante Orden de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes que será notificada a los beneficiarios.

Sexto

Recursos

La presente convocatoria pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los órganos de dicho orden jurisdiccional, ambos plazos contados desde el día siguiente a su publicación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor

La presente Orden entrará vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de octubre de 2018.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, JAIME MIGUEL DE LOS SANTOS GONZÁLEZ

(03/571/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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