Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2019

Sección 2.30.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190116-21

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

21
Tribunal Constitucional. Cuestión de inconstitucionalidad 5927-2018

Cuestión de inconstitucionalidad número 5.927 de 2018, en relación con el apartado 4 del artículo 39 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid (LEPAR), por posible vulneración del artículo 25.1 de la CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia del 18 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5.927 de 2018, plantada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso de apelación número 640 de 2017, en relación con el apartado 4 del artículo 39 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la CE (LEPAR), por posible vulneración del artículo 25.1 de la Comunidad Europea, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) de la LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 de la LOTC, quienes sean parte en el recurso de apelación número 640 de 2017, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, a 18 de diciembre de 2018.—La secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

(03/341/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.30.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190116-21