Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190116-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

87
Madrid número 10. Procedimiento 613 de 2017, notificación a Grupo Lagonés 54 Eventos, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 613/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO GARCIA DE MIGUEL frente a EXCLUSIVOS PROYECTOS HOSTELEROS IDEALES SL, GRUPO LAGONES 54 EVENTOS SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, 17 de diciembre de 2018.

Vistos por mi Dña. María Fátima Beardo Olivares, Magistrada adscrita como refuerzo al Juzgado de lo Social número 10 de Madrid, tras haber visto los presentes autos en materia de Cantidad, seguidos a instancias de DON FRANCISCO GARCÍA DE MIGUEL, con DNI 04217418T asistido de la Letrada Doña Blanca Rosa Gil Aranda-Piqueras, contra EXCLUSIVOS PROYECTOS HOSTELEROS IDEALES, SL y GRUPO LAGONES 54 EVENTOS, S.L., y FONDO DE GARANTIA SALARIAL que no comparecen pese a estar citados en legal forma, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

SENTENCIA Nº 486/2018

F A L L O

DESESTIMANDO la demanda presentada por DON FRANCISCO GARCÍA DE MIGUEL, contra EXCLUSIVOS PROYECTOS HOSTELEROS IDEALES, SL y GRUPO LAGONES 54 EVENTOS, S.L., y FONDO DE GARANTIA SALARIAL, debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos deducidos en su contra

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO LAGONES 54 EVENTOS SL y EXCLUSIVOS PROYECTOS HOSTELEROS IDEALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/41.493/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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