Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2019

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190117-137

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

137
Móstoles número 2. Procedimiento 1.355 de 2018, notificación a Montajes e Instalaciones Rainsa, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

ÓRGANO QUE ORDENA CITAR

Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA

Procedimiento nº 1.355/2018, a instancias de D./Dña. JUAN ANTONIO FUENTES MOREDA y D./Dña. ABDELLAH ARROUJI sobre reclamación de cantidad.

PERSONA QUE SE CITA

MONTAJES E INSTALACIONES RAINSA, S. L. como demandada.

OBJETO DE LA CITACIÓN

Asistir al acto de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio propuesto por la parte contraria.

LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER

En la sede de este Juzgado de lo social nº 2 de Móstoles sito en calle San Antonio, 6 de Móstoles (CP 28931) el día 28/01/2019, a las 09.30 horas.

ADVERTENCIAS LEGALES

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (Art. 59 LJS).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse (Art. 82.2 LJS).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículo 304 y 292.4 LEC).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.

Auto de acumulación de 21 de diciembre de 2018:

Se acuerda la acumulación a los presentes autos de número 1.355 de 2018, de los que se siguen también en este Juzgado con el número ORD 1.356 de 2018, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos.

Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad “Banco Santander” con número 2851-0000-00-1355-18 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

En Móstoles, a 21 de diciembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia, María Isabel Cano Campaña.

(03/352/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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