Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190117-43

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

43
Madrid número 1. Ejecución 46 de 2017, notificación a Iwatani, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 46 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Ruiz Luque, frente a “Iwatani, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos no judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 17 de octubre de 2018.

Fundamentos de derecho:

Primero.—En las presentes actuaciones se practicó liquidación de intereses ascendiendo a la suma total de 38,61 euros.

Segundo.—Dado el oportuno traslado a las partes por término de diez días, para que procedieran a impugnarla si les convenía, lo dejaron transcurrir sin hacer manifestación alguna.

Tercero.—No ha sido consignada en la cuenta de este juzgado cantidad alguna para el pago de intereses.

Fundamentos jurídicos:

Único.—No habiendo sido impugnada la liquidación de intereses por ninguna de las partes y estando la misma practicada con arreglo a derecho, procede aprobarla y satisfacerla siguiendo el orden establecido en el artículo 268 de la LJS.

Parte dispositiva:

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 38,61 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Se requiere a “Iwatani, Sociedad Anónima”, para que en el plazo de cinco días proceda a ingresar en la cuenta “Banco Santander”, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, concepto 2499-0000-64-0046-17, la cantidad a la que asciende la presente liquidación de intereses con apercibimiento que en el caso de no hacerlo se procederá por la vía de apremio.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, concepto 2499-0000-64-0046-17.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, Carmen Rodríguez Vozmediano.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LRJS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Iwatani, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 29 de noviembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/800/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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