Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190117-60

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

60
Madrid número 7. Procedimiento 1.201 de 2017, notificación a Rodrigo Turan Tacia

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. DAVID ATIENZA MARCOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 07 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1201/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. YANETH VASQUES GONZALES frente a D./Dña. RODRIGO TURAN TACIA y D./Dña. FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 327

En Madrid, a 10 de octubre de 2018.

Dª Isabel Sánchez Peña, Juez del Juzgado de lo Social Nº7 (Refuerzo) de Madrid ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral Nº1201/2017 seguidos entre las partes: de una como demandante Dña. JANETH VASQUEZ GONZALES asistida por la Letrada Sra. Gloria Calorina Trujillo Garzón y de la otra como demandados: RODRIGO TUCAN TACIA y FOGASA que no comparecen; sobre DESPIDO.

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por Dña. JANETH VASQUEZ GONZALES debo ABSOLVER Y ABSUELVO a la parte demandada de todos los pedimentos de la misma.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2505-0000-61-1207-17 del BANCO SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. – En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. RODRIGO TURAN TACIA , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/41.534/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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