Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190117-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

98
Madrid número 23. Ejecución 195 de 2018, notificación a Ray Human Capital, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosa María Lozano Blanco, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 195 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Merino Lázaro, frente a “Ray Human Capital, Sociedad Anónima” y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto despachando ejecución de 28 de septiembre de 2018 que queda a disposición de la ejecutada en la Secretaría de este Juzgado y que no es firme ya que contra la misma cabe recurso de reposición ante el Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Decreto de medidas de 28 de septiembre de 2018 que queda a disposición de la ejecutada en la Secretaría de este Juzgado y que no es firme ya que contra la misma cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación.

Decreto de insolvencia provisional de 26 de noviembre de 2018 que queda a disposición de la ejecutada en la Secretaría de este Juzgado y que no es firme ya que contra la misma cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación.

Este edicto se dicta en cumplimiento de la instrucción número 6 de 2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia para la notificación a la demandada “Ray Human Capital, Sociedad Anónima”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ray Human Capital, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 28 de noviembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/856/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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