Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
18-01-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190118-176

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

176
Madrid número 39. Procedimiento 101 de 2018, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. JOSE ANTONIO RINCON MORA, LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 101/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANA ESPINOSA ROSADO frente a FOGASA y I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando la demanda presentada por Dña. Ana Espinosa Rosado, frente a la empresa I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L.U. y el Fondo de Garantía Salarial, declaro improcedente el despido de fecha 14 de diciembre de 2017 y resuelto el contrato de trabajo que unía a las partes con efectos de la fecha de esta resolución, condenando a la empresa demandada, a que no siendo posible la readmisión por encontrarse cerrada y sin actividad, abone al actor la cantidad de 6.327,55 euros en concepto de indemnización y 9.524,78 euros en concepto de salarios de tramitación. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, en el plazo y con las formalidades que se establecen en el texto refundido de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/42.045/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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