Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190121-140

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

140
Madrid número 19. Procedimiento 34 de 2018, notificación a Tionilo de los Santos Rosario

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfonso Lozano de Benito, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de jura de cuentas número 34 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Luján de Frías, frente a don Tionilo de los Santos Rosario, sobre cuenta de abogado, se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 31,53 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de la parte actora, don Fernando Luján de Frías, la cantidad de 31,53 euros en concepto de intereses, debiendo para ello indicar un número de cuenta en el que hacer la transferencia de dicho importe, entendiendo que si en el plazo de dos días no lo ha verificado se hará el oportuno mandamiento que quedará a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, número 2517-0000-68-0034-18.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Tionilo de los Santos Rosario, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 18 de diciembre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/950/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190121-140