Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2019

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190121-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Paracuellos de Jarama. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Por resoluciones de Alcaldía de 20 de diciembre de 2018 se han adoptado los acuerdos que se trasladan a continuación:

“Decreto.—En virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 43 y 44 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

1. Delegar en favor del concejal de este Ayuntamiento, don Fernando Montejo Vivó, la dirección y gestión de las siguientes áreas y servicios corporativos: Industria.

La presente delegación, que tendrá carácter genérico, comportará la facultad de resolver mediante actos administrativos, que afecten a terceros.

2. Notificar esta resolución a los interesados, publicar la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo recogido en los artículos 44 y 46 del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento, y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, de conformidad con el Reglamento arriba citado”.

“Decreto.—En virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 43 y 44 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

1. Delegar a favor del concejal de este Ayuntamiento, don Santiago Molina Mejía, la dirección y gestión de las siguientes áreas y servicios corporativos: Hacienda.

La presente delegación, que tendrá carácter genérico, comportará la facultad de resolver mediante actos administrativos, que afecten a terceros.

2. Delegar también con carácter específico a favor del citado concejal la función de ordenación de pagos, en los términos previstos en los artículos 186 y siguientes del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como la facultad de autorización de los documentos que impliquen la formalización de ingresos en la Tesorería municipal, la conservación en su poder de una de las tres llaves del arca de caudales de la Corporación, lo que le habilita como clavero y la rendición de cuentas; todo ello, de conformidad con lo recogido en la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Por otro lado, notificar esta resolución al interesado, publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo recogido en los artículos 44 y 46 del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento, y dar cuenta al Pleno de la primera sesión que se celebre, de conformidad con el Reglamento anteriormente citado”.

Paracuellos de Jarama, a 20 de diciembre de 2018.—El alcalde, Javier Cuesta Moreno.

(03/990/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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