Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190122-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

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Madrid número 93. Procedimiento 544 de 2015, notificación a Juan Andrés Torralbo Simón

EDICTO

En este Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid, se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso 544 de 2015, entre doña María Ángeles Torres Álvarez y don Juan Andrés Torralbo Simón, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 350 de 2017

Magistrada-juez (en sustitución) que la dicta, doña María Serantes Gómez.—Madrid, a 25 de septiembre de 2017.

Fallo

Que, estimando la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Celia López Ariza, en nombre y representación de doña María Ángeles Torres Álvarez, frente a don Juan Andrés Torralbo Simón, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges don Juan Andrés Torralbo Simón y doña María Ángeles Torres Álvarez, celebrado el día 26 de junio de 1993 en Madrid, con los efectos legales inherentes a tal situación, acordando las siguientes medidas:

1. El uso del domicilio familiar y ajuar doméstico, sito en la calle Unanimidad, número 27, piso cuarto F, de Madrid, se atribuye a doña María Ángeles Torres Álvarez.

2. Se fija como pensión de alimentos a favor de la hija común, mayor de edad, Naomí Torralbo Torres y a cargo del padre, la cantidad de 600 euros mensuales, pagaderos en los cinco primeros días de cada mes y por mensualidades anticipadas, en la cuente corriente que la madre designe al efecto, actualizable anualmente con efecto de la fecha de la presente sentencia, con arreglo al IPC o índice equivalente, y los gastos extraordinarios por mitad.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella para que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio y poniendo en las actuaciones certificado de la misma, inclúyase en el libro de sentencias de este Juzgado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 4341-0000-33-0544-2015 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 4341-0000-33-0544-15.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación a don Juan Andrés Torralbo Simón, expido y firmo la presente en Madrid, a 9 de abril de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/179/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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