Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190122-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 7

72
Alcorcón número 7. Procedimiento 479 de 2017, notificación a José Luis Llorente Peláez

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 479 de 2017, entre “Pegaso Consumer Loans Limited” y don José Luis Llorente Peláez, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 201 de 2018

En Alcorcón, a 4 de diciembre de 2018.—Vistos por mí, Rocío Gil Gómez de Liaño, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Alcorcón, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos con el número 479 de 2017, a instancias de la entidad “Pegaso Consumer Loans Limited“, representada por la procuradora de los tribunales doña Inmaculada Ibáñez de la Cadiniere y defendida por letrado, contra don José Luis Llorente Peláez, declarado en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la mercantil “Pegaso Consumer Loans Limited” contra don José Luis Llorente Peláez y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de 8.092,85 euros, intereses legales y costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don José Luis Llorente Peláez, expido y firmo la presente.

En Alcorcón, a 10 de diciembre de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/812/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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