Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190122-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 7

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Parla número 7. Procedimiento 379 de 2017, notificación a Suimgrass Instalaciones, S. L. U., y otros

EDICTO

Don José Francisco Ramos Alonso, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Parla.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 379 de 2017, instados por la procuradora Inés María Álvarez Godoy, en nombre y representación de “Hilca Carpet, Sociedad Limitada”, contra “Suimgrass Instalaciones, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Suimgrass, Sociedad Limitada Unipersonal”, en reclamación de 19.355,74 euros, en los que se ha dictado en fecha 6 de noviembre de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora señora Inés María Álvarez Godoy, en nombre y representación de “Hilca Carpet, Sociedad Limitada”, contra “Suimgrass, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Suimgrass Instalaciones, Sociedad Limitada Unipersonal”, condenando a la parte demandada a abonar, solidariamente, a la actora, la cantidad de 19.355,74 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la interpelación judicial, así como al abono de las costas procesales que se imponen a las demandadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma pueden interponer por escrito en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación, del cual conocerá la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo, en su caso, previamente consignar en la cuenta del Juzgado el depósito de 50 euros previsto por la Ley.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandadas “Suimgrass Instalaciones, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Suimgrass, Sociedad Limitada Unipersonal”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Parla, a 6 de noviembre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/42.254/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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