Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190123-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

116
Madrid número 31. Ejecución 15 de 2018, notificación a Vijaki Gestión y Desarrollo, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 15 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Maribel Díaz Zamora y doña Isabel Macaspac Ángeles, frente a “Vijaki Gestión y Desarrollo, Sociedad Limitada” y don Javier Orejana Jiménez, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Habiéndose consignado en la cuenta de consignaciones del Juzgado la cantidad de 666,50 euros, se acuerda poner a disposición de los ejecutantes dicha cantidad; a favor de doña Maribel Díaz Zamora la cantidad de 140,07 euros, y a favor de doña Isabel Macaspac la cantidad de 526,43 euros, estando a su disposición los mandamientos por dichas cantidades en la Secretaría del Juzgado para su retirada.

Habiéndose dictado decreto de insolvencia de fecha 26 de junio de 2018, se acuerda notificar al Fogasa la presente resolución a fin de tener en cuenta la reducción de las cantidades para la subrogación correspondiente de dicho organismo.

La ejecución queda reducida a la cantidad de 1.984,04 euros en concepto de principal (doña Maribel Díaz, 416,97 euros, y doña Isabel Macaspac, 1.557,07 euros), más 453 euros presupuestados para intereses y costas.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vijaki Gestión y Desarrollo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 13 de diciembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/927/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190123-116