Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2019

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190123-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Zarzalejo. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de diciembre de 2018, acordó la aprobación provisional de las siguientes ordenanzas y reglamentos:

— Expediente 412/2018. Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local.

— Expediente 413/2018. Aprobación del reglamento municipal de mercadillos y venta ambulante.

— Expediente 416/2018. Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la concesión de subvenciones a asociaciones por el Ayuntamiento de Zarzalejo.

— Expediente 425/2018. Aprobación de la ordenanza reguladora del ornato, limpieza de solares y parcelas en el término municipal de Zarzalejo.

— Expediente 959/2018. Aprobación de la ordenanza reguladora del servicio público de taxi.

— Expediente 964/2018. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias y autorizaciones administrativas de auto-taxi y vehículos de alquiler.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://zarzalejo.sedelectronica.es

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Zarzalejo, a 18 de enero de 2019.—El alcalde, Ramón Moraga Baeza.

(03/2.343/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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