Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190123-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

75
Madrid número 13. Procedimiento 783 de 2018, notificación a Coviman Iconserjes, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL TIRADO GUTIERREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 13 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 783/2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARTIN FLOREA frente a COVIMAN ICONSERJES SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia n° 493/2018 con fecha de 29/11/2018:

FALLO

Estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. MARTIN FLOREA frente a la empresa COVIMAN ICONSERJES SL debo:

1°.- Condenar a la empresa COVIMAN ICONSERJES SL a que abone a D. MARTIN FLOREA la cantidad de 1.294,22 euros, más el 10 % de interés por mora.

2°.- Absolver al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sin perjuicio de sus obligaciones legales.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COVIMAN ICONSERJES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de diciembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/798/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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