Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2019

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190124-152

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

152
Móstoles número 1. Procedimiento 740 de 2017, notificación a Construcciones Sanfer, S. L. U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 740 de 2017-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Domingo Latorre Saiz y don Fernando Jiménez Martínez, frente a “Construcciones Sanfer, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Fomento de Construcciones y Contratas Industrial e Infraestructuras Energéticas, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 354 de 2018

Madrid, a 18 de octubre de 2018.

Fallo

Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Fernando Jiménez Martínez y don Raimundo Latorre Saiz, contra “Construcciones y Obras Públicas Sanfer, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Fomento de Construcciones y Contratas Industrial e Infraestructuras Energéticas, Sociedad Anónima Unipersonal”, condenando a “Construcciones y Obras Públicas Sanfer, Sociedad Limitada Unipersonal”, a abonar a don Fernando Jiménez Martínez la cantidad de 9.020 euros y a don Domingo Latorre Saiz la cantidad de 8.360 euros, respondiendo “Fomento de Construcciones y Contratas Industrial e Infraestructuras Energéticas, Sociedad Anónima Unipersonal”, de forma solidaria de la cantidad de 8.200 euros para don Fernando Jiménez Martínez y de 7.600 euros en el caso de don Domingo Latorre Saiz.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso; y al mismo tiempo, para su formalización, deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el “Banco Santander”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

La presente resolución judicial la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de Su Majestad el Rey.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles y de su partido judicial que la suscribe, estando celebrando audiencia pública. Se incluye original de esta resolución en el libro de sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma y se remite a cada una de las partes un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en el artículo 56 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Sanfer, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 12 de diciembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/241/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190124-152