Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190124-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Plan Parcial Área 07.02-M, Metro Cuatro Caminos

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 17 de enero de 2019, adoptó el siguiente Acuerdo:

«Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 07.02-M “Metro Cuatro Caminos”, Distrito de Chamberí, promovido por “Residencial Metropolitan, Sociedad Cooperativa Madrileña”, como propietaria de los terrenos incluidos en el Área de Planeamiento Remitido 07.02-M “Metro Cuatro Caminos”, y en virtud de Encomienda de Gestión para la ejecución urbanística de dicho ámbito, realizada por la titular registral de los mismos “Metro de Madrid, Sociedad Anónima”, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 en relación con el artículo 57 y 67 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. El presente instrumento de planeamiento incluye la delimitación de la Unidad de Ejecución que se ejecutará por el sistema de actuación por compensación.

Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión.

Tercero.—Notificar individualmente a todos los propietarios afectados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b.1 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—Solicitar los informes de los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Quinto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito del Plan Parcial de Reforma Interior, que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio».

Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, calle Ribera del Sena, número 21, así como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de Madrid (madrid.es), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos) o dentro de Vivienda y Urbanismo (visualizador urbanístico) y en el Distrito de Chamberí, en las mañanas de los días hábiles durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este Anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.

Madrid, a 18 de enero de 2019.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(02/2.461/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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