Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2019

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190124-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

47
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 18 de enero de 2019 (FOD), por la que se convocan las subvenciones para los desfiles de Carnaval correspondientes al ejercicio 2019.

BDNS: 435852

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Beneficiarios.—Podrán participar en la convocatoria todas las entidades inscritas en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Fuenlabrada que presenten una solicitud de participación en el Registro del Patronato de Cultura.

Segundo. Objeto.—Se establece como requisito para la concesión, el participar en al menos uno de los desfiles del Carnaval organizados por el Ayuntamiento de Fuenlabrada. Las asociaciones participantes deberán formar una comparsa y los miembros que la compongan deberán desfilar disfrazados de manera que, bien en base a criterios estéticos, bien en base a criterios de contenido, se adivine una unidad temática entre todos sus miembros. El gasto subvencionado corresponde con los gastos relacionados con el vestuario y “atrezzo” de las comparsas. En cuanto a los criterios de concesión están claramente definidos y son los siguientes:

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 50.000,0 euros de la aplicación 4051/338/48900, denominada “Otras transferencias”, correspondiente al ejercicio 2019.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—En cuanto al plazo de presentación de solicitudes, se establece durante siete días hábiles desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro del Patronato de Cultura. La documentación a presentar es:

1. Solicitud.

2. Modelo de declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (anexo 1).

Sexto.—Se procederá al pago anticipado del 75 por 100 del total, una vez concedida la subvención de forma definitiva. Se deberán justificar los fondos recibidos con anterioridad al 20 de marzo de 2019.

Fuenlabrada, a 18 de enero de 2019.—El alcalde-presidente, Francisco J. Ayala Ortega.

(03/2.471/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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