Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190124-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 1

79
Getafe número 1. Procedimiento 102 de 2018, notificación a Satnam Singh

EDICTO

Doña María Isabel Rincón Labrador, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Getafe.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen los autos de procedimiento familia. Divorcio contencioso número 102 de 2018, instados por la procuradora doña Vera Gema Conde Ballesteros, en nombre y representación de doña Katya Vasileva Evtimova, contra don Satnam Singh, en ignorado paradero, en los que se ha dictado, en fecha 1 de junio de 2018, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Don Ramón Gallardo Sánchez, magistrado-juez de primera instancia número 1 de Getafe, habiendo visto los autos que se siguen en este Juzgado con el número 102 de 2018, a instancias de doña Katya Vasileva Evtimova, representada por la procuradora de los tribunales doña Vera Gema Conde Ballesteros y asistida de la letrada doña María Leticia Lara Lara, contra don Satnam Singh, en ignorado paradero, sobre divorcio.

Que, estimando la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Vera Gema Conde Ballesteros, en nombre y representación de doña Katya Vasileva Evtimova, contra don Satnam Singh, en ignorado paradero, sobre divorcio, debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio de ambos litigantes, celebrado en la localidad de Aglantzia, Nicosia (Chipre), con fecha 21 de febrero de 2014, debiendo fijarse las siguientes medidas definitivas:

1.a La patria potestad sobre los hijos menores, Milena y Mateos Singh, se ejercerá únicamente por la madre, bajo cuya guarda y custodia quedarán los menores.

2.a No ha lugar en este momento a fijar régimen de visitas a favor del padre.

3.a Se fija una pensión de alimentos de 65 euros para cada hijo, en total 150 euros, que se pagarán por el padre dentro de los cinco primeros días de cada mes, en 12 mensualidades, en la cuenta corriente que al efecto le comunique la madre; dicha cantidad se actualizará anualmente conforme a las variaciones que experimente el Índice de Precios fijado por el Instituto Nacional de Estadística.

Los gastos extraordinarios de los menores serán sufragados por ambos progenitores por mitad.

4.a Todo ello sin expresa condena en costas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Satnam Singh, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este Tribunal.

En Getafe, a 23 de noviembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/1.020/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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