Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 21

Fecha del Boletín 
25-01-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190125-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 5

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Alcobendas número 5. Procedimiento 2.059 de 2015, notificación a Juan Miguel Hitos Fuentes y otros

EDICTO

Doña Laura Pérez Puente, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 2.059 de 2015, instados por el procurador don Roberto de Hoyos Mencía, en nombre y representación de “Proyectos Ápice, S. L. U.”, contra don Juan Miguel Hitos Fuentes e “Inaltia Grupo Empresarial, S. L.”, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 5 de noviembre de 2018, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Doña Alicia Andrés Vaquero, del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas, ha visto lo autos de juicio ordinario número 2.059 de 2015, promovidos por “Proyectos Ápice, S. L.”, representada por el procurador de los tribunales don Roberto de Hoyos Mencía, contra don Juan Miguel Hitos Fuentes y la mercantil “Inaltia Grupo Empresarial, S. L.”.

Fallo

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por “Proyectos Ápice, S. L.”, representada por el procurador de los tribunales don Roberto de Hoyos Mencía, contra don Juan Miguel Hitos Fuentes y la mercantil “Inaltia Grupo Empresarial, S. L.” y, en consecuencia:

Condeno a don Juan Miguel Hitos Fuentes y la mercantil “Inaltia Grupo Empresarial, S. L.” a pagar solidariamente a “Proyectos Ápice, S. L.” la cantidad de 678.695,93 euros, más los intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda y desde la fecha de sentencia, los intereses procesales del artículo 576 de la LEC, con condena en costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados don Juan Miguel Hitos Fuentes e “Inaltia Grupo Empresarial, S. L.”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 28 de noviembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/1.419/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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