Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190128-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Valdemorillo. Régimen económico. Precios públicos festejos taurinos

El Pleno del Ayuntamiento de Valdemorillo, en sesión de fecha 23 de enero de 2019, ha adoptado acuerdo relativo a establecimiento y determinación de precios públicos por espectáculos taurinos en la Feria Taurina de San Blas de 2019, que se detallan más adelante, sobre la base de las previsiones de los artículos 41 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Los precios públicos aprobados son los siguientes:

Régimen de bonificaciones propuestas:

— Abono empadronados: el 30 por 100.

— Abonos jubilados y peñas tendido 1, 2, 3, 4 y 8, filas 6 a 11: el 50 por 100.

— Grupos entradas sueltas de 10 a 20 personas: el 15 por 100.

— Grupos entradas sueltas de más de 20 personas: el 20 por 100.

Lo que se hace público a los efectos de publicidad correspondiente, de conformidad con las determinaciones normativas de aplicación y con lo establecido, como norma general, en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entrando en vigor los citados precios públicos por espectáculos taurinos en la Feria Taurina de San Blas de 2019 al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de publicación de la misma, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la misma Ley 39/2015).

Valdemorillo, a 24 de enero de 2019.—La alcaldesa (firmado).

(03/3.017/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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