Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190130-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Velilla de San Antonio. Régimen económico. Precios públicos

Siendo definitivo el acuerdo de modificación de los siguientes expedientes:

— Exp. 1220/18. Tasa número 17 reguladora del servicio de las actividades extraescolares de infantil, primaria y secundaria.

— Exp. 1219/18. Precio público número 6 regulador de la Escuela de Idiomas.

Transcurrido el plazo de alegaciones sin que se haya presentado ninguna, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de las Bases de Régimen Local, se publica a continuación el texto íntegro de los artículos reformados:

Tasa número 17 reguladora del servicio de las actividades extraescolares de infantil, primaria y secundaria

Epígrafe 1: Infantil 2.o Ciclo y Primaria (de tres a doce años)…

B) Actividades en días no lectivos y períodos vacacionales, según modalidad: …

— Modalidad C: asistencia a campamento y a comer (horario: 9:00 a 17:00 horas).

•  Sin servicio de comedor (cada menor traerá su comida): 11,00 euros/día.

•  Con servicio de comedor: 12,00 euros/día.

— Modalidad D: asistencia a desayuno, campamento y a comer (horario: 7:00 a 17:00 horas).

•  Sin servicio de comedor (cada menor traerá su comida): 14,00 euros/día.

•  Con servicio de comedor: 15,00 euros/día.

Artículo 5. Deducciones, bonificaciones y exacciones

De estas bonificaciones queda excluida la matrícula.

Artículo 7. Obligación de pago

C) El impago de dos recibos, una vez finalizado el período voluntario, supondrá la baja definitiva en la actividad.

D) No podrán inscribirse en ninguna actividad aquel usuario que tenga algún recibo pendiente de pago bien del curso corriente o cursos anteriores.

Precio público número 6 regulador de la Escuela de Idiomas

Artículo 6. Obligación de pago.

4. El impago de dos recibos, una vez finalizado el período voluntario, conllevará la baja definitiva en la actividad.

En Velilla de San Antonio, a 15 de enero de 2019.—El concejal de Hacienda, Josefa Gil García.

(03/2.230/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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