Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2019

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190131-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 11

156
Madrid número 11. Procedimiento 60 de 2017, notificación a Mourad Lahmar

EDICTO

Doña Rosa María Mariscal de Gante Mirón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de violencia sobre la mujer número 11 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 60 de 2017, instados por la procuradora doña Laura Albarrán Gil, en nombre y representación de doña Marta Espinosa, contra don Mourad Lhamar, en los que se ha dictado en fecha 18 de septiembre de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 39 de 2018

En la ciudad de Madrid, a 18 de septiembre de 2018.—María del Carmen Laurel Cuadrado, magistrada-juez del Juzgado de violencia sobre la mujer número 11 de Madrid, habiendo visto los precedentes autos de divorcio, seguidos con el número 60 de 2017, a instancias de doña Marta Espinosa Rincón, representada por la procuradora señora Albarrán Gil y asistida de la letrada señora García Herrero, contra don Mourad Lahmar, en situación de rebeldía procesal,

Fallo

Estimando la demanda de divorcio presentada por la procuradora doña Laura Albarrán Gil, en la representación que ostenta, sin especial condena en costas, se declara la disolución por divorcio del matrimonio contraído entre doña Marta Espinosa Rincón y don Mourad Lhamar, el día 23 de enero de 2015, con todos los efectos inherentes a dicho pronunciamiento, entre ellos la disolución del régimen económico matrimonial.

Notifíquese a las partes con indicación de que contra esta sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Y una vez sea firme, líbrese el correspondiente despacho al Registro Civil donde conste el matrimonio de los litigantes.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Mourad Lahmar, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar de oficio la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 10 de diciembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/1.316/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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