Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190131-58

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

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Madrid número 67. Procedimiento 92 de 2018, notificación a Hortogirona, S. L.

EDICTO

Doña Gema Fernández de Vera Ruiz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 67 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 92 de 2018, instados por el procurador, don Eduardo José Manzanos Llorente, en nombre y representación de “Grenke Rent, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra “Hortogirona, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado, en fecha, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 248 de 2018

La magistrada-juez, doña Marta Díez Pérez-Caballero.—En Madrid, a 18 de julio de 2018.—Vistos por la señora doña Marta Díez Pérez-Caballero, magistrada-juez de primera instancia del Juzgado número 67 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 92 de 2018, seguidos a instancias de “Grenke Rent, Sociedad Limitada Unipersonal”, antes “Grenke Rent, Sociedad Anónima Unipersonal”, representada por el procurador, don Eduardo José Manzanos Llorente, contra “Hortogirona, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por “Grenke Rent, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra “Hortogirona, Sociedad Limitada”, debo condenar a la citada demandada en los siguientes términos:

1. Declarando extinguido y resuelto el contrato número 186-55, por incumplimiento de las obligaciones esenciales del contrato por parte de la demandada, en particular el pago de las rentas arrendaticias, con efectos desde el 21 de abril de 2017, fecha del burofax de la resolución contractual.

2. Condenando a la demandada a devolver a la actora los bienes objeto del contrato, de conformidad y en la forma y plazo pactados, en el domicilio de la demandante o de quien esta designe, asumiendo la demandada todos los gastos y costes de la entrega.

3. Condenando a la demandada a pagar:

En virtud del artículo 13.1 de las condiciones generales del contrato, la totalidad de las rentas o alquileres objeto del contrato, que ascienden a la suma de 9.418,64 euros.

Cantidad que devengará los correspondientes intereses, a los que se refiere el artículo 7.2 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por el que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, según consta en el pacto del artículo 11.1 de las condiciones generales del contrato de arrendamiento. Intereses que ascendían, en la fecha de presentación de la demanda, el 12 de enero de 2018, a la suma de 549,02 euros, cantidad que se verá incrementada por cada día natural transcurrido en 2,06 euros, hasta la fecha del total e íntegro pago de la deuda que la demandada mantiene con la actora.

En virtud del artículo 15.3 de las cláusulas generales pactadas, debe ser abonada a “Grenke Rent, Sociedad Limitada Unipersonal” por cada día natural de retraso en la devolución del bien, la cantidad de 12,07 euros por día, ascendiendo en el momento de presentar la demanda a 3.089,92 euros. Todo ello sin perjuicio del importe devengado hasta la devolución efectiva del bien objeto de arrendamiento, según lo pactado en el contrato.

Se hace expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación ante este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial, en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación, debiendo la parte recurrente acreditar el depósito de la cantidad de 50 euros para poder recurrir.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, “Hortogirona, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 30 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.324/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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