Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190131-60

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82

60
Madrid número 82. Procedimiento 1.444 de 2015, notificación a Telcomges, S. L.

EDICTO

Don Juan Manuel Escourido Pérez-Sindín, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 82 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.444 de 2015, instados por el procurador, don Eduardo José Manzanos Llorente, en nombre y representación de “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, contra “Telcomges, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado, en fecha 13 de junio de 2018, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 158 de 2018

La magistrada-juez, doña Eva Estrella Ramírez García. En Madrid, a 13 de junio de 2018.—La ilustrísima señora doña Eva Estrella Ramírez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 82 de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal civil, promovidos por “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, representada por el procurador, señor Manzanos Llorente, dirigida por la letrada doña Vanessa Ariane Verena Guzek Hernando, contra “Telcomges, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía, que versa sobre resolución contractual y reclamación de cantidad.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por el procurador, señor Manzanos Llorente, en nombre y representación de “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, contra “Telcomges, Sociedad Limitada”, rebelde en estos autos, y en consecuencia, debo:

Declarar extinguido y resuelto el contrato número 92-9565, desde el 21 de enero de 2015.

Condeno a la demandada a devolver el bien arrendado, equipo impresora multifunción Oki MC5462DN MFP, color, con número de referencia AK340109553, en el domicilio de la actora, sito en la calle Playa de Las Américas, número 2, oficina B2, 28290 Las Rozas, Madrid.

Condeno a la demandada a pagar a la actora 2.898,89 euros por rentas debidas, los intereses pactados que ascienden a 113,57 euros, y que se incrementarán cada día hasta el pago de 0,437 euros y por retraso en la devolución, 500 euros, que se incrementarán, a razón de 2 euros al día, hasta la devolución, más 40 euros por costes de cobro, así como al pago de las costas causadas en esta instancia.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio, para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma, podrá interponerse recurso de apelación por escrito, presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días, debiendo exponer las alegaciones en las que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Se advierte a las partes que:

No se admitirá dicho recurso si al interponerse no se acredita por escrito haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones en este Juzgado el importe de 50 euros, siendo la exigencia de este depósito compatible con el devengo de la tasa exigida por el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

Si se desestima el recurso, la parte perderá la consignación a la que se dará el destino legalmente previsto.

Publicación

Firmada la anterior sentencia, es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a los autos.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, “Telcomges, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 13 de junio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.332/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190131-60