Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2019

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190201-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

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ORDEN 21/2019, de 22 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se ponen a disposición de la Administración de la Comunidad de Madrid Servicios Delegados de Archivo.

El artículo 13.1 de la Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid, establece la existencia de Archivos Centrales en las Consejerías y en los órganos de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. Asimismo, el artículo 14 de la Ley 4/1993, de 21 de abril, también contempla la existencia de “Archivos Centrales de las Consejerías” y “Archivos de los Entes Institucionales y Empresas públicas de la Comunidad de Madrid”.

Dada la ausencia de este tipo de archivos en la mayoría de las Consejerías, Organismos Autónomos y órganos de gestión sin personalidad jurídica, el artículo 8.1 del Decreto 121/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, modificado por el Decreto 149/2018, de 9 de octubre, del Consejo de Gobierno, ha previsto que la Dirección General de Patrimonio Cultural, a través de la Subdirección General de Archivos y en función de sus disponibilidades presupuestarias, podrá poner a disposición de las Consejerías, órganos de gestión sin personalidad jurídica, Organismos Autónomos, empresas y entes públicos, en tanto no establezcan dichos organismos la creación y dotación de un servicio de Archivo dentro de su estructura orgánica, unos Servicios Delegados de Archivos.

Asimismo, la Disposición Final Primera del Decreto 121/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, habilita a la persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes a dictar las disposiciones de desarrollo del citado Decreto.

En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con las funciones que tengo atribuidas por la letra d) del artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Establecimiento de Servicios Delegados de Archivo en la Administración de la Comunidad de Madrid

Se establecen los siguientes Servicios Delegados de Archivo en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid:

a) En la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda: el Servicio Delegado de Archivo de Economía y Hacienda.

b) En la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio:

1.o El Servicio Delegado de Archivo de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

2.o El Servicio Delegado de Archivo del Organismo Autónomo Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario.

c) En la Consejería de Sanidad: el Servicio Delegado de Archivo de Sanidad.

d) En la Consejería de Políticas Sociales y Familia: el Servicio Delegado de Archivo de Políticas Sociales y Familia.

e) En la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes: el Servicio Delegado de Archivo de Cultura, Turismo y Deportes.

f) En la Consejería de Justicia: el Servicio Delegado de Archivo de Justicia.

Segundo

Dependencia de los Servicios Delegados de Archivo

De conformidad con lo establecido en la letra a) del artículo 8.3 del Decreto 121/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, todos los Servicios Delegados de Archivo dependerán orgánica y funcionalmente de la Unidad de Inspección de Archivos de la Subdirección General de Archivos de Dirección General de Patrimonio Cultural, siendo coordinados, en su calidad de servicios comunes de la Consejería u órgano de la Administración Institucional correspondiente, por la Secretaría General Técnica, Secretaría General o unidad equivalente en cada órgano de la Administración de la Comunidad de Madrid en que se encuentren incardinados.

Tercero

Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Se ordena la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con lo establecido en el artículo 131 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 22 de enero de 2019.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, JAIME MIGUEL DE LOS SANTOS GONZÁLEZ

(03/3.162/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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