Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190207-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

118
Madrid número 18. Procedimiento 414 de 2018, notificación a Golden Advanced Assistance, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 18 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 414/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JORGE MICHAEL CORDERO LAZARTE frente a GOLDEN ADVANCED ASSISTANCE, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. JORGE MICHAEL CORDERO LAZARTE de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar elarchivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2516-0000-00-0414-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GOLDEN ADVANCED ASSISTANCE, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de enero de dos mil diecinueve

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.565/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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