Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
08-02-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190208-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

116
Madrid número 15. Procedimiento 880 de 2018, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 880 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mariola López de Lerma Andrade, frente a “I Madrid Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, Fondo de Garantía Salarial e “I Madrid Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Acuerdo aclarar la sentencia de las presentes actuaciones en los siguientes términos:

En el hecho probado primero, donde dice “Antigüedad, 1 de febrero de 2017”, ahora dice “Antigüedad, 19 de enero de 2015”.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por este mi auto, lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “I Madrid Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 8 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.851/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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