Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2019

Sección 1.2.180.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190211-10

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2019, del Rector de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se modifica el Anexo I de las bases de la convocatoria de las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, por el sistema general de concurso-oposición libre.

En aplicación del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la modificación del Anexo I de las bases de la convocatoria, de la Resolución de la Universidad Autónoma de Madrid, de 18 de diciembre de 2018 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre):

Donde dice:

«Fase de concurso. Se valorará la experiencia profesional mediante la acreditación de la antigüedad en servicios prestados en puestos de Cuerpos o Escalas de “Auxiliar Administrativo/a” como funcionario/a interino/a o contratado/a laboral (excluido el personal laboral indefinido no fijo) que realice o haya realizado funciones propias de Auxiliar Administrativo, conforme al siguiente desglose y hasta un máximo de 60 puntos:

— Servicios prestados en la Universidad Autónoma de Madrid: 0,45 puntos por mes completo.

— Servicios prestados en una Universidad pública española: 0,25 puntos por mes completo.

— Servicios prestados en cualquier otra Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo».

Debe decir:

«Fase de concurso. Se valorará la experiencia profesional mediante la acreditación de la antigüedad en servicios prestados en puestos de Cuerpos o Escalas de “Auxiliar Administrativo/a” como funcionario/a de carrera, funcionario interino/a o contratado/a laboral que realice o haya realizado funciones propias de Auxiliar Administrativo, conforme al siguiente desglose y hasta un máximo de 60 puntos:

— Servicios prestados en la Universidad Autónoma de Madrid: 0,45 puntos por mes completo.

— Servicios prestados en una Universidad pública española: 0,25 puntos por mes completo.

— Servicios prestados en cualquier otra Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo».

Se abre un nuevo un nuevo plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”, con los mismos requisitos y procedimiento que figuran en las bases de la convocatoria.

Aquellos interesados que en el plazo inicial hayan presentado solicitud NO DEBERÁN PRESENTAR UNA NUEVA.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente mediante recurso de reposición ante el Rector de esta Universidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a dicha publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Madrid, a 28 de enero de 2019.—El Rector, PD (el Gerente, Resolución de 23 de marzo de 2018, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de abril de 2018), Teodoro Conde Minaya.

(01/4.201/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.180.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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