Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2019

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190211-178

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 4

178
Madrid número 4. Procedimiento 49 de 2017, notificación a Mariel Bladimir Hurtado Jaya

EDICTO

Juzgado de violencia sobre la mujer número 4 de Madrid.

Juicio: familia-guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 49 de 2017.

Demandante: doña Jessica Cristina Padilla Cadena.

Abogada: letrada doña Eva María Barriopedro García.

Procuradora: doña María Mercedes Pérez García.

Demandado: don Mariel Bladimir Hurtado Jaya.

Sobre: derecho de familia: otras cuestiones.

En el referido juicio se ha dictado sentencia de fecha 11 de diciembre de 2018 cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Se acuerda la adopción de las siguientes medidas definitivas:

1. Se atribuye la guarda y custodia de Aquiles Ezequiel Hurtado Padilla a su madre, doña Jessica Cristina Padilla Cadena, sin perjuicio de la titularidad y ejercicio conjunto de la patria potestad por ambos progenitores.

2. Como régimen de visitas del menor con su padre se establece que este podrá tenerlo en su compañía los sábados de todas las semanas desde las 17.00 horas a las 20.00 horas, sin pernocta, efectuándose las entregas y recogidas en el domicilio del menor.

3. Como pensión de alimentos del padre para su hijo se establece la cantidad de 150 euros mensuales que don Mariel Bladimir Hurtado Jaya deberá ingresar por meses anticipados dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente o libreta de ahorro que doña Jessica Cristina Padilla Cadena designe, incrementándose el importe de esta pensión a primero de enero de cada año conforme a las variaciones que experimente el IPC o exponente que legalmente lo sustituya.

4. Cada progenitor deberá pagar la mitad de los gastos extraordinarios del hijo.

No se condena en costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta número 2711-0000-39-0049-17 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de violencia sobre la mujer número 4 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2711-0000-39-0049-17.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la juez/magistrado/a-juez.

Publicación

Firmada la anterior resolución, es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a autos. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Mariel Bladimir Hurtado Jaya y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 14 de enero de 2019.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.919/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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