Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2019

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190211-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

60
Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 28 de enero de 2019 (punto número 25) por la que se convocan las subvenciones destinadas a Asociaciones y secciones juveniles en el ámbito de la Concejalía de Juventud correspondiente al año 2019.

BDNS: 437842

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index: BDNS):

Primero. Beneficiarios.—Son beneficiarios de estas subvenciones la Entidad o persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.

Podrán solicitar subvenciones con cargo a la presente línea las asociaciones y/o secciones juveniles, quedando excluidas de esta convocatoria aquellas vinculadas a partidos políticos.

Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de subvenciones los proyectos relacionados con el objeto y finalidad de la propia asociación sin ánimo de lucro, que suponga una acción, conducta o situación de colaboración con el Ayuntamiento para la gestión de actividades de interés social, de utilidad pública o de promoción de una finalidad pública.

Serán susceptibles de subvención los proyectos que estén relacionados con el área de Juventud, especialmente aquellos que estén encaminados a la promoción de la participación juvenil, acceso a la información, a la formación y al empleo, prevención de riesgos contra la salud, fomento de la igualdad de oportunidades, protección del medio ambiente, promoción de la cultura y el arte, atención a colectivos desfavorecidos o en riesgo de exclusión social, y aquellos que potencien el uso y disfrute del ocio y tiempo libre de forma responsable y saludable.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden consultar en la web del Ayuntamiento (http://www.ayto-torrejon.es/intranet/MiPaginaDescargas/249_ORDENANZA SUBVENCIONES 2016.pdf) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/ BOCM-20161227-48.PDF).

Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con cargo a la partida presupuestaria 0503341048000 denominada “Subvenciones Juventud” del vigente presupuesto para el año 2019, destinará un máximo de 8.550 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes y documentación se realizará en el Registro del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y sus Registros Auxiliares desde el día 1 al 28 de febrero de 2019.

Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva.

El plazo de ejecución de los programas presentados para su subvención será hasta el 31 de diciembre de 2019.

El plazo para la justificación de la subvención será hasta el 31 de enero de 2020.

Torrejón de Ardoz, a 28 de enero de 2019.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/4.142/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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