Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190212-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

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Madrid número 66. Procedimiento 92 de 2016, notificación a Federico Jañez del Amo

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 92 de 2016, entre doña Yolanda Lobato Montejano y don Federico Jañez del Amo, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 103 de 2017

En la villa de Madrid a 27 de marzo de 2017.—Han sido vistos por la ilustrísima señora doña Virginia Villanueva Cabrer, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid, los presentes autos de juicio de divorcio de número 92 de 2016, promovidos por el procurador de los tribunales don Ángel Francisco Codosero Rodríguez, en nombre y representación de doña Yolanda Lobato Montejano, asistida por el letrado don Alberto García Cebrián, contra don Federico Jañez del Amo, declarado en rebeldía, recayendo en ellos la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales señor Codosero Rodríguez, en nombre y representación de doña Yolanda Lobato Montejano contra don Federico Jañez del Amo, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio formado por los expresados, por divorcio y la disolución de la sociedad de gananciales.

Una vez firme la presente comuníquese al Registro Civil correspondiente para su inscripción.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Y para que sirva de notificación a don Federico Jañez del Amo, en paradero desconocido, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 13 de abril de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.296/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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