Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190214-203

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 6

203
Sevilla número 6. Ejecución 21 de 2019, notificación a I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.

EDICTO

La letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 6 de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 21 de 2019, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Juana María Lozano Suárez, contra “I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, en la que con fecha 28 de enero de 2019 se ha dictado auto y decreto, que sustancialmente dice lo siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría dispone:

Despachar ejecución de la sentencia a instancias de doña Juana María Lozano Suárez, contra “I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, citando de comparecencia a las partes en los términos establecidos en la Ley.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso, en el que se podrá deducir la oposición a la ejecución conforme lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firmo, el ilustrísimo señor don Enrique Emilio Martínez Fernández, juez sustituto del Juzgado de lo social número 6 de Sevilla. Doy fe.

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María de los Ángeles Peche Rubio.—En Sevilla, a 28 de enero de 2019.

Por auto de 28 de enero de 2019, se acordó proceder a la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones, ordenando la citación de las partes a comparecencia a fin de ser examinadas sobre el hecho de no readmisión alegada por la parte actora, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 280 y 281 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, procede citar a las partes de comparecencia que tendrá lugar el día 21 de mayo de 2019, a las once y treinta horas, en la Sala de vistas número 11 de este Juzgado, sita en la planta primera del edificio “Noga”, en la avenida de La Buhaira, número 26, advirtiéndoseles que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse y que, pudiéndose practicar en el acto, el juez estime pertinentes, a la parte actora que de no comparecer se le tendrá por desistida de su solicitud y a la demanda, que de no efectuarlo, se celebrará el acto sin su presencia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en forma a “I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Sevilla, 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/4.938/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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