Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2019

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190215-77

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3

77
Alcalá de Henares número 3. Procedimiento 1.843 de 2018, notificación a Cristian Saiz Alcocer y otros

EDICTO

DÑA. SILVIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 3 DE ALCALÁ DE HENARES.

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el juicio sobre delitos leves n° 1843/2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

NIG: 28.005.00.1-2018/0016226

Procedimiento: Juicio inmediato sobre delitos leves 1843/2018

Delito: Hurto

SG

Perjudicado: CARREFOUR

Denunciado:

D./Dña. CRISTIAN SAIZ ALCOCER

D./Dña. RICARDO PEREIRA MARTIN

SENTENCIA N° 244/2018

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: Dña. MARÍA DE LAS NIEVES BAYO RECUERO

Lugar: Alcalá de Henares

Fecha: veintinueve de noviembre de dos mil dieciocho

VISTOS por Doña Mª NIEVES BAYO RECUERO, Juez del Juzgado de Instrucción número tres de Alcalá de Henares y su partido, los presentes autos de JUICIO INMEDIATO DE DELITO LEVE bajo el n° 1843/2018 seguidos por un presunto delito leve de hurto, en el que han sido partes el Ministerio Fiscal en representación de la acción pública y como implicados: José Alberto Buitrago Rodríguez corno Representante Legal del CARREFOUR corno denunciante, y RICARDO PEREIRA MARTIN y CRISTIAN SATZ ALCOCER como denunciados.

Dictando la presente resolución en base a los siguientes,

FALLO

Que debo CONDENAR Y CONDENO a RICARDO PEREIRA MARTIN y CRISTIAN SAIZ ALCOCER, como autores penalmente responsables de un delito leve de hurto en grado de tentativa previsto en el art. 234.2 en relación con el art. 16 y 62 del Código Penal, a la pena, para cada uno de ellos, de VEINTE DÍAS de multa, con una cuota diaria de CUATRO euros, con la responsabilidad personal subsidiaria que establece el art. 53 del Código Penal para el supuesto de impago, así corno al pago de las costas causadas en este procedimiento.

Procédase hacer entrega definitiva de los objetos que se encuentran en depósito a su legítimo propietario.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de CINCO DÍAS a partir de la notificación de la misma, ante este Juzgado y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D. CRISTIAN SAIZ ALCOCER y a D. RICARDO PEREIRA MARTÍN y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, expido la. presente.

En Alcalá de enares, a 17 de enero de 2019.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

NOTA: De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, se informa que la difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

(03/3.327/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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