Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190218-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

109
Madrid número 4. Ejecución 177 de 2018, notificación a Mariz Ortiz, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 177 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Serafín Tomé Vega, frente a “Mariz Ortiz, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 16 de enero de 2109.—La magistrada-juez, María Luisa Sanz Anchuela.

Parte dispositiva:

Declaro extinguida la relación laboral de don Joaquín Serafín Tomé Vega y “Mariz Ortiz, Sociedad Limitada”, con efectos del día de hoy, y condeno a la empresa a que abone al actor la cantidad de 1.481,79 euros, en concepto de indemnización, debiendo aportar en el plazo de una audiencia el parte de alta y baja de IT para el cálculo de los salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes, y se les hace saber que pueden interponer recurso de reposición contra este auto en el plazo de tres días hábiles desde su notificación, ante este Juzgado.

Así, por esta mi resolución, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez, María Luisa Sanz Anchuela.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mariz Ortiz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 21 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.819/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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