Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190218-79

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
Villamanta. Régimen económico. Ordenanza tasa expedición documentos

No habiéndose presentado alegación alguna durante el plazo de exposición al público, queda elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villamanta, adoptado en fecha 29 de noviembre de 2018, sobre la aprobación de la modificación de la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la Tasa por Documentos que expida o de que entienda la Administración o las autoridades municipales a instancia de parte, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y cuyo tenor literal es el siguiente:

«MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR DOCUMENTOS QUE EXPIDA O DE QUE ENTIENDA LA ADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES A INSTANCIA DE PARTE

“Artículo 7:

Epígrafe 1.o Certificaciones.

1. Por certificaciones de convivencia ciudadana o dependencia: 3 euros.

2. Por certificaciones de vecindad, residencia o de otros extremos referentes al padrón municipal: 3 euros.

3. Volante de empadronamiento o residencia: 2 euros.

4. Por certificado catastral descriptivo y gráfico: 10 euros.

5. Por certificado de habitabilidad de vivienda: 10 euros.

6. Por certificado o documento acreditativo de licencia, autorización, declaración fiscal, titularidad de bienes, pagos de liquidaciones de ingresos municipales o datos catastrales: 10 euros.

7. Certificación de acuerdos municipales: 10 euros.

8. Por certificación para la inscripción de edificaciones e instalaciones en el Registro de la Propiedad: 300 euros.

9. Por otras certificaciones no especificadas en la presente ordenanza: 3 euros.

Epígrafe 2.o Expedientes administrativos.

1. Que requieran anuncio en periódico o diario oficial: 120 euros.

2. Por expedición de la Licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos: 20 euros.

3. Por expedición de Tarjeta de armas para carabinas de aire comprimido (categoría 4.1 y 4.2): concesión o renovación: 15 euros.

Epígrafe 3.o Bastanteo y cotejos.

1. Bastanteo de poder: 40.euros.

2. Cotejo de originales de documentación externa: 1.50 euros/hoja.

Epígrafe 4.o Informes de Servicios Técnicos.

1. Informes o documentos equivalentes para la inscripción de edificaciones e instalaciones en el Registro de la Propiedad: 180 euros.

2. Cédula Urbanística: 180 euros.

3. Informe Urbanístico: 180 euros.

4. Por certificados e informes en expedientes de traspasos, de apertura o similares de locales, por cada uno: 30 euros.

5. Por expedición de documentos o copias de planos en soporte informático:

Epígrafe 5.o Expedición de fotocopias, copias en formato y soporte digital y envío de fax o de correo electrónico.

“En el caso de expedición de volantes de empadronamiento o residencia, la tarifa contenida en el artículo 7, Epígrafe 1.3, de la presente ordenanza fiscal tendrá una bonificación del 100 por 100 cuando tanto la solicitud como la expedición y recogida del mismo se realice por vía telemática o por cualquier otra vía que establezca o pueda establecer el Ayuntamiento distinta de la presencial.

Así mismo también se establece una bonificación del 100 por 100 de la tarifa contenida en el artículo 7, Epígrafe 3 cuando se solicite el cotejo de originales de documentación dirigida al Ayuntamiento de Villamanta o para otros organismos públicos y que se presenten en la Ventanilla Única así como cuando se solicite el cotejo de documentos para presentar en otros organismos o asociaciones en los que se encuentre integrado este Ayuntamiento.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 9 del RDL 2/2004, no se concederán otras exenciones ni bonificaciones en la exacción de la tasa por expedición de documentos administrativos que las contenidas en los apartados anteriores”.

En Villamanta, a 5 de febrero de 2019.—El alcalde, Valentín Pereira Fresno.

(03/4.468/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190218-79