Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190219-25

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

OTROS ANUNCIOS

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Alcorcón. Otros anuncios. Notificación

Por el concejal-delegado de Urbanismo y Mantenimiento, en fecha 5 de febrero de 2019, se ha emitido decreto, cuya parte dispositiva establece lo siguiente:

«Primero.—Requerir a la beneficiaria de la expropiación la elaboración técnica de las actas previas de ocupación y recibos de pago de depósitos previos y resto de documentación que sirva de título inscribible de conformidad con el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, fijando como fecha de convocatoria para su levantamiento la del próximo día 4 de marzo de 2019, en las oficinas del Ayuntamiento de Alcorcón, plaza Reyes de España, número 1, planta segunda, según la siguiente distribución horaria y de fincas:

Se significa que las cantidades correspondientes a las fincas 2 a 8 y 15 (inclusives), se hallan consignadas a disposición del Juzgado de primera instancia para su distribución entre los titulares del dominio y de las cargas por el trámite incidental legalmente regulado (artículo 35.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana), según documentación aportada por la Junta de Compensación el 5 de febrero de 2019.

Segundo.—Al citado acto concurrirán los afectados personalmente o bien representados por persona con poder bastante para actuar en su nombre. Si fueran varios los propietarios de la finca, deberán comparecer todos ellos conjuntamente. En caso contrario, quien comparezca deberá acreditar la representación que ostenta mediante poder bastante, original o compulsado, para tal acto. A efectos de acreditar la representación, será admitido cualquier medio válido en derecho que deje su constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal de los interesados “apud acta”, en las oficinas municipales (artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder librar el pago del justiprecio, consignándose en caso contrario, deberá aportar original de certificación registral de dominio y cargas actualizada, de conformidad con los requisitos del artículo 43.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre. De no comparecer los interesados por sí o por persona que acredite fehacientemente su representación, siquiera por comparecencia “apud acta”, y en todo caso, en la forma indicada en este expositivo, o cuando rehusaren recibir los importes correspondientes en la indicada fecha, la beneficiaria procederá a su inmediata consignación en la Caja General de Depósitos, cosa que hará en todo caso en los supuestos del artículo 51 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tercero.—Designar como fedatario público delegado para tal acto al TAE, jefe de sección de Planeamiento y Gestión (siendo su suplente el TAG, jefe de sección de Disciplina y Control), y como perito de la Administración para levantamiento de actas y operaciones técnicas posteriores al arquitecto municipal de la sección de Planeamiento y Gestión (suplente la arquitecto T. de esa misma sección).

Cuarto.—Notificar este acuerdo a los interesados y publicarlo en la forma del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa».

Lo que se hace público por medio del presente anuncio para conocimiento de los interesados por esta diligencia, en ejecución de lo establecido en el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Alcorcón, a 7 de febrero de 2019.—El concejal-delegado de Urbanismo y Mantenimiento, Javier Rodríguez Luengo.

(02/5.301/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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