Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190220-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 14

150
Valencia número 14. Procedimiento 444 de 2018, notificación a Flaming Star Nebula, S. L.

EDICTO

MARÍA PIEDAD RUBIO FERNANDEZ, SECRETARIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 14 DE LOS DE Valencia.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos Seguridad Social en materia prestacional [SSS] - 000444/2018 a instancias de MARIA ASUNCION LOPEZ GARCIA contra SPEE, FLAMING STAR NEBULA SL y DANIEL GOMEZ DE ARRIBA en el que, por medio del presente se cita a FLAMING STAR NEBULA SL, quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este JUZGADO DE LO SOCIAL, sito en Valencia, Ciudad de la Justicia, Avda. del Saler n.o 14, -SALA 6- al objeto de celebrar sucesivamente los actos de conciliación y juicio e interrogatorio y en caso de no comparecer podrán considerarse reconocidos como ciertos, en la Sentencia los hechos a que se refieren las preguntas, estándose señalado el día 04/JUNIO/2019 a las 9,40 horas. Requiérase al demandado para que comparezca personalmente al acto de juicio a fin de practicar la prueba de interrogatorio de las partes, advirtiéndole que, de no comparecer sin justa causa, podrán reconocerse como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieran las preguntas. En el supuesto de que no haya intervenido personalmente en los hechos litigiosos, se admitirá que el interrogatorio sea respondido en todo o en parte por un tercero que conozca personalmente de los mismos, siempre que el tercero se encuentre a disposición del juez en ese momento, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración.

En Valencia, a doce de diciembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMON. DE JUSTICIA

(03/5.066/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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