Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190220-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

33
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto expropiación

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el día 27 de diciembre de 2018 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2016/18073 ha adoptado el siguiente acuerdo:

«Primero.—Estimar la alegación presentada por doña Rosario Cruz Villalón, en su condición de administradora única de la entidad “Candilazo Interiores, Sociedad Limitada”, dejando sin efecto la notificación individualizada practicada el 4 de mayo de 2018 y desestimar el resto de las alegaciones formuladas, con base en los razonamientos expuestos en el informe de la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística de 14 de diciembre de 2018.

Segundo.—Aprobar el Proyecto de Expropiación, por tasación conjunta, de las participaciones indivisas de la parcela 4M, resultante de la Modificación del Proyecto de Reparcelación del Área de Planeamiento Específico 18.01 “Poza de la Sal-Carretera de Valencia”, de conformidad con lo establecido en los artículos 163.2 y 202.2 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, en relación con el artículo 108.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Notificar el presente Acuerdo a todos los propietarios e interesados y a la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 18.01 “Poza de la Sal-Carretera de Valencia”, disponiendo la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en un periódico de los de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto».

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 15 de enero de 2019.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(02/2.624/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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