Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2019

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190220-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

URBANISMO

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Boadilla del Monte. Urbanismo. Proyecto reparcelación

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de enero de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“Primero.—Estimar las alegaciones presentadas por don Miguel Ángel Romero Serrano, actuando en nombre y representación de “Canal de Isabel II, Sociedad Anónima”, con registro de entrada número 2576/2018, en fecha 30 de enero de 2018.

Segundo.—Estimar las alegaciones presentadas por doña Sara Ruiz Gutiérrez, actuando en representación de la mercantil “Santander Global Facilities, Sociedad Limitada”, con registro de entrada número 2706/2018, en fecha 1 de febrero de 2018.

Tercero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación del AH-25 Prado del Espino (Antiguo SUR-1), de este Municipio.

Cuarto.—Ordenar la publicación del presente acuerdo mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con expresión de los recursos procedentes, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

Quinto.—Notificar el acuerdo de aprobación definitiva a los interesados y, una vez firme en la vía administrativa, otórguese documento público que exprese su contenido, y a continuación dar traslado al Registro de la Propiedad para su inscripción.”

Contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Boadilla del Monte, a 14 de febrero de 2018.—El concejal de Urbanismo, Vivienda y Patrimonio, Raimundo Herráiz Romero.

(02/5.982/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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