Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190220-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

78
Madrid número 20. Procedimiento 632 de 2017, notificación a Grúas Automontantes Hidráulicas, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal número 632 de 2017, entre “Algeco Construcciones Modulares, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Grúas Automontantes Hidráulicas, Sociedad Limitada”, en cuyos autos se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 184 de 2018

Madrid, a 29 de junio de 2018.—Vistos por doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrado-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal registrados con el número 632 de 2017, derivados de demanda presentada por “Algeco Construcciones Modulares, Sociedad Anónima Unipersonal”, representada por la procuradora señora Quintero Sánchez y bajo la dirección letrada de la señora López Bayo, contra “Grúas Automontantes Hidráulicas, Sociedad Limitada”, declarada en situación legal de rebeldía procesal, en reclamación de 3.232,92 euros, dicta en nombre del Rey la siguiente sentencia con base en los siguientes:

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora Quintero Sánchez, en nombre y representación de “Algeco Construcciones Modulares, Sociedad Anónima Unipersonal”, debo condenar y condeno a “Grúas Automontantes Hidráulicas, Sociedad Limitada”, a que abone al actor la cantidad de 3.232,92, cifra que devengará los intereses previstos en el artículo 1108 del Código Civil desde la interposición de la demanda, y los señalados en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de esta sentencia.

Las costas de esta primera instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.

Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado acreditándose el mismo, adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grúas Automontantes Hidráulicas, Sociedad Limitada”, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en Madrid, a 18 de julio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.527/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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